En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la OPOSICION interpuesta por el tercero ciudadano GILBERTO JOSE ANAYA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.907.022, en la presente solicitud de ENTREGA MATERIAL, formulada por la ciudadana INDIRA CRISTINA DIAZ SANTOS, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 16.001.508, contra la ciudadana MAGDY DIHELI PEREZ SANTOS venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 12.534.043,
SEGUNDO: En consecuencia, se REVOCA el auto de entrega material de fecha 11 de Abril del 2007, a fin de que los interesados ocurran ante la Autoridad Jurisdiccional Competente.