Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el recurso de nulidad interpuesto por el abogado en ejercicio JULIO ALFREDO PINO ESCARRA cédula de identidad Nº V-14.710.205, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.930, actuando en su carácter de apoderada judicial de la CÁMARA MUNICIPAL DE BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY, interpuso el recurso de nulidad contra el acto administrativo de fecha 30 de junio de 2011, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Yaracuy, Coordinación Zona Centro Occidental done declaro con lugar la solicitud de reenganche y salarios caídos incoada por la ciudadana NORKY COROMOTO MENDOZA PINTO cédula de identidad Nº V-12.248.545. En consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA ante los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Labora.....