Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado Miguel Del Valle Caraballo, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.415.501, nacido en fecha 04-04-86, soltero, obrero, hijo de Solange Caraballo, y Miguel Granado, y residenciada Guayacán de la Flores, sector 2, casa S/N, vereda el Monazo, Carúpano, Estado Sucre; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250, en sus tres ordinales, 251, ordinal segundo y 252, ordinal segundo, todos del Código Orgánico Procesal Penal; por considerarlo incurso en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453, ordinales 3°. Y 6°, del Código penal, en perjuicio de la ciudadana Esperanza Miranda. Asim.....