DISPOSITIVA:
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano: Jhonny Alberto Mendoza Mendoza, titular Cédula de Identidad Nº 21459048.-
SEGUNDO: Acuerda se siga la Causa por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, previsto en el 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se impone al ciudadano: Jhonny Alberto Mendoza Mendoza, titular Cédula de Identidad Nº 21459048, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 256, numerales 3ero y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada15 días ante la taquilla de Presentaciones de este Circuito Judicial Penal, obligación de tramitar cédula de identidad y prohibición de portar armas.- Remítase el presente .....