este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: FRANCISCO EDUARDO VERACOECHEA BARQUERO y ALICIA MALQUI SANCHEZ, por ante el Jefe Civil del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha: 17 de Noviembrel de 1.999, anotado bajo el No. 382, folio 274 vto, del Libro de Registro Civil de Matrimonios. Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias certificadas que soliciten los interesados.