DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: Hacer la entrega del vehículo, CLASE: AUTOMÓVIL, USO: PARTICULAR, MARCA: FIAT, MODELO: PREMIO, AÑO: 1987, COLOR: GRIS, PLACAS: XGJ-873, SERIAL CARROCERÍA: CS1H0248853, SERIAL DE MOTOR: 7360881, al Ciudadano MIGUEL ÁNGEL FUENTES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.535.858 domiciliado en la carrera 8ª entre calles 2 y 3, casa N° 15, La Playa, Santa Isabel Barquisimeto, Estado Lara.- De conformidad con lo previsto en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en calidad de DEPÓSITO, en consecuencia se obliga al solicitante a presentar el vehículo entregado las veces que sea requerido por este Tribunal, no podrá realizar ninguna transacción comercial, ni realizar transformación o modificación alguna al mismo.....