DECLARA: LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado JOSE ALCIDES ARBELLO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº: 7.988.918, Venezolano, nacido el 23-02-68, de 38 años de edad, en Barquisimeto Estado Lara, de profesión u oficio Obrero, hijo de Ricardo Abello Benavides y Maria Adelaida Pérez, residenciado en el Barrio Caja de Agua, carrera 1 con calle 15 Nro. 14-55 cerca del Centro Deportivo El Tocuyo Estado Lara, en la presente causa seguida por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, se decreta la Libertad Plena del prenombrado penado, arriba identificado, Y ASÍ SE DECIDE