Se dictó y publicó decisión mediante la cual declaró 1.- COMPETENTE a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos 2.- ADMITIÓ la demanda ;3.- ORDENÓ notificar a los ciudadanos FGR, CGR, SÍNDICO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR, al PRESIDENTE DE FUNDACARACAS, DDRUAI (FUNDACARACAS) y a la PGR; 3-ORDENÓ solicitar a la DDRUAI (FUNDACARACAS), los AA;4.- ACORDÓ abrir el respectivo cuaderno separado a los para tramitar la medida; y, 5.INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos para las notificaciones y cuaderno, y;6.- ORDENÓ remitir el expediente judicial a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.