En razón de lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE las cuestiones previas interpuestas por los abogados Alejandro Fuentes Flores y Daniela Vásquez Rojo, cédulas de identidad V-17.385.048 y 15.147.986, respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado Nro. 130.587 y 130.586, respectivamente con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano ILDEMARO MENESES NESSY, cédula de identidad Nro. 579.028, contra la demanda de tercería interpuesta por los abogados Gustavo Grau Fortoul, Luis Alfredo Hernández Merlanti, Miguel Mónaco, Mark A. Melilli y Fernando Lafée Carnevali, cédula de identidad Nro. V-6.867.497, V-6.494.608, V-11.262.974, V-13.511.463 y V-15.761.338, respectivamente, inscrito en el Inpreabogado Nro. 35.522, 35.656, 58.461, 79.506 y 127.841, respectivamente con carácte.....