Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PROCEDENTE la Solicitud de Auxilio Judicial, interpuesta por el ciudadano CARLOS LUIS GONZALEZ, venezolano, de 52 años de edad, de profesión Abogado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.864.618 y con domicilio en la calle 25 entre 28 y 29, Nº 28-72, Barquisimeto, Estado Lara, actuando en su carácter de victima SEGUNDO: Oficiar a la Fiscalia Superior a los fines de que designe un fiscal con competencia en la materia y practique las diligencias descrita en el escrito de Auxilio Judicial. TERCERO: Dejar copia certificada del Expediente y remitir las actuaciones originales a la fiscalia Superior a los fines de practicar la diligencias. Regístrese la presente decisión y Notifíquese.