Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 02 de noviembre de 2010, por la abogada GLADYS RODRÍGUEZ GUTIERREZ, en su condición de apoderada judicial de la sociedad civil UNIDAD DE PEDIATRÍA MÉDICA SANTIAGO DE LEÓN, S.C., plenamente identificados en autos, contra la decisión proferida en fecha 27 de octubre de 2.010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida en fecha 27 de octubre de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de C.....