Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por el ciudadano José Demetrio Briceño Mejias, titular de la cédula de identidad Nº V-11.361.706. En consecuencia:
2. SUSPENDE los efectos de la Providencia Administrativa de efectos particulares Nº 016-2016 de fecha 30 de marzo de 2016, dictada por el Director General del Cuerpo Policial del Estado Carabobo.
3. ORDENA la REINCORPORACIÓN PROVISIONAL a la Nómina de Funcionarios Policiales, en el cargo de Oficial adscrito a ese cuerpo policial, o uno de similar categoría, al ciudadano JOSÉ DEMETRIO BRICEÑO MEJIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-11.361.706, quien estará a la orden de la Oficina de Recursos Humanos cumpliendo funciones administrativas; así como a la P.....