Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano ATHANASIOS KIRIAKIDIS CAMATSIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.783.895, en su condición de heredero legítimo de la causante MARÍA PRODROMOU DE KIRIAKIDIS, fallecida ab-intestato, en fecha treinta y uno (31) de julio de 2002, debidamente asistido por el abogado LUIS D? PAOLA LOZADA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.081.980, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.099; contra la Resolución N° SAT-GTI-RCO-600-S-2005-000031, de fecha ocho (08) de abril de 2005, notificada el veinte (20) de abril de 2005, emanada de la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) DE L.....