DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE Recurso de Apelación interpuesto el día 19 de diciembre de 2014, por el Abg. JESÚS ANTONIO GUTIERREZ MARTÍNEZ, DEFENSOR PÚBLICAO TERCERO (3º) PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procediendo en su condición de Defensor del ciudadano FLORES PERDOMO JOSÉ FEDERICO, titular de la cédula de identidad N° V.- 21.208.132, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Trigésimo (30º) de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de diciembre de 2014, mediante la cual declara: "(...) SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el ABG. JESUS GUTIERREZ, Defensor Publico (sic) Tercero (03) Penal, actuando en .....