DISPOSITIVA:
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Séptimo Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, interpuesto por el Abog. JERICK ANTONIO SAYAGO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CONCEDIENDOLE EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para presentar acto conclusivo en contra de los ciudadanos: CARLOS ARMANDO CORDERO PÉREZ titular de la cédula de identidad Nº V- 2.919.609, BETYS JOSEFINA VÁSQUEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº .7.348.167, MARIA MILITZA CORDERO VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.010.316, por la presunta comisión de los delitos de al primero de los nombrados Porte Ilícito de Arma de Fuego y Trafico de Armas, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal,.....