Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de separación de cuerpos y bienes ejercida por la ciudadana YAMILET JOSEFINA PABON BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.921.953, toda vez que no se siguieron los requisitos correspondientes para la tramitación de la misma.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los doce (12) días de mes de mayo del año dos mil nueve 2009. Año 199º de la independencia y 150º de la federación.
EL JUE.....