DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Víctor Hugo Tacoronte, en su carácter de Fiscal Auxiliar Septuagésimo comisionado para actuar en la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada por la Juez Décimo Séptimo de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 16 de mayo del 2006, mediante la cual otorgó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Ramón Alejandro Aparcedo.
El fundamento de la presente decisión se encuentra contenido en los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 102, 104, 244, 256, 257, 258 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal.