Se dictó decisión mediante la cual se declaró: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto la parte accionante contra la decisión dictada el 29 de julio de 2008, por el Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró el desistimiento tácito de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Juan Neto, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUZ DARY GÓMEZ GIRALDO contra la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, por incumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 1835-06 de fecha 16 de junio de 2006, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la referida ciudadana. 2.- SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte recurrente. 3.- CONFIRMÓ con las precisiones expuestas, la decisión de fecha 29 de julio de 2008. 04