5.- Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control nº 9, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud presentada, y, en consecuencia NIEGA LA ENTREGA del vehículo MARCA CHEVROLET, SERIAL DE CARROCERIA 1C29LGV124303, TIPO SEDAN, COLOR VINOTINTO, MODELO MALIBU, SERIAL DE MOTOR LGV124303, AÑO 1977, PLACAS BAT-50S al solicitante JOSE ALI DURAN HERNANDEZ cédula de identidad nº 7.986.789, porque según la experticia de reconocimiento nº 0004/12, practicada en fecha 15 de mayo de 2012 por el funcionario (TT) Digo. Naudy Javier Rojas, presenta chapa de serial tablero 1C29LGV124303 SUPLANTADA, chapa de serial cortafuego 1C29LGV124303 SUPLANTADA, serial de chasis 1C29LGV124303 SUPLANTADA, serial de motor LGV124303 SUPLANTADO y PLACAS BAT-50S ORIGINALES; por no ser procedente de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y ultimo aparte del 312 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la Fiscalía.....