U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran el ciudadano JESUS MANUEL ARELLANO GARCILAZO, peruano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E. 81.645.530, de este domicilio, y la ciudadana ALIX PATRICIA HERRERA DE ARELLANO, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 8.189.438, de este domicilio, por ante el JEFE CIVIL DE LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO MONSEÑOR ALEJANDRO FERNANDEZ FEO, DISTRITO LIBERTADOR, ESTADO TACHIRA, en fecha 02 de abril de 1983. De dicha unión matrimonial procrearon dos hijos los cuales son mayores de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.