Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Iván Eduardo Rodríguez Graterol, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 137.226, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SEGUROS NUEVO MUNDO S.A, "inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de junio de 1956, bajo el numero 32, Tomo 12-A-Pro., siendo su última modificación estatutaria la inscrita ante el referido registro el 05 de diciembre de 2007, bajo el Nº 64, Tomo 189-A-Pro, R.I.F J-000268840-1, y anotada n la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, bajo el Nº 46", contra la Providencia Nº 069-11 de fecha 17 de mayo de 2011, dictada por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI).