Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CONDENA al ciudaano Ángel Segundo Suárez, titular de la cedula de identidad Nº 7399255, soltero, de 49 Años de edad, nacido en Humocaro Alto, Estado Lara, el 18-04-1961, 4º grado de instrucción básica, chofer, hijo de María de los Santos Suárez y Ángel Guerra, domiciliado en vía El Cují, avenida principal Las Veritas, Invasión Santa Eduviges Unido, rancho de zinc a cuadra y media de la bodega del toldo amarillo de esta ciudad, a cumplir la pena de tres (3) años de prisión, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Detentación Ilícita de Arma de.....