En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de Emilio Pastor Méndez Rolando, Jonathan Yoel Torrellas Mancilla y Andy José Pérez Soteldo, ut supra identificados, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Ocultamiento de Arma de Fuego y Extorsión, tipificados en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 277 del Código Penal y 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión; Norgre Teresa Escalona Vargas y Luis Enrique Medina Cortez, ut supra identificados, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Ve.....