este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO : TOMAS RAFAEL RODRIGUEZ ARIAS, venezolano, nacido en fecha 16/02/1966, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.278.441, de estado civil casado, hijo de Gladys Arias de Rodríguez (difunta) y Tomas Manuel Rodríguez, de profesión u oficio ingeniero, residenciado en Conjunto Residencial Chalets Santa Eduviges, Calle El Recreo, Casa N° 16, Cumaná, Estado Sucre, Teléfono: 0424-823.90.36, por la presunta comisión del PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción, OBTENCIÓN ILEGAL DE UTILDAD EN ALGÚN ACTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el 37 de la Reforma de la Ley Orgánica Contra.....