Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, realizada por la ciudadana DIANA IBELIS VALERA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 18.870.525, contra el ciudadano LUIS SABAS URE CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.776.892. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 01 de octubre de 2021, acta Nº 63, año 2021, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídanse copias .....