DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO. Verificado los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, se Desestima la Acusación presentada por el Ministerio Público en fecha 08-04-2011, en contra de los ciudadanos: AMNY CARELY PEÑALOZA MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.733.793, Nacido en Valera Estado Trujillo, en fecha 03-12-1986, de 24 años de edad, hijo Isabel Mendoza y Pedro Peñaloza, Grado de Instrucción: 6º grado, de profesión u oficio: Oficios del hogar, domiciliado en el la carrera 7 con calle 1 La Viereña, casa Nº 22, Barquisimeto (por el Barrio 12 de Octubre, La Carucieña). Teléfono: 0426-2564936 y MIGUEL ANGEL PERAZA VILLANUEVA, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.347.632, Nacido en Barquisimeto, en fecha 09-01-1982, de 29 .....