Este Tribunal ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL para el enjuiciamiento de los acusados antes mencionados y en los autos plenamente identificados.
CUARTO: Se mantiene la medida de coerción personal que pesa sobre los acusados, por mantenerse aún las circunstancias que permitieron al Tribunal decretarla. JOSE RAFAEL VALERA, JORGE LUIS VARLERA y JORGE LUIS VALERA RODRIGUEZ, el primero como autor, y los dos últimos como facilitadores del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, tipificado en el artículo 408 del Código Penal. JOSE RAFAEL VALERA, JORGE LUIS VARLERA y JORGE LUIS VALERA RODRIGUEZ, el primero como autor, y los dos últimos como facilitadores del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, tipificado en el artículo 408 del Código Penal
En consecuencia, se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días concurran ante el Juez de Juicio. Por último, se ordena a la Secretaria la remisión de las actuaciones al tribunal de juicio en el lapso legal.
Todo de co.....