Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos José De Los Santos Aguirre Troconis y Dalida Yda Herrera, ya identificados, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos José De Los Santos Aguirre Troconis y Dalida Yda Herrera, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.739.060 y V-5.042.577, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, el cual contrajeron el día treinta (30) de Diciembre de mil novecientos setenta y cinco (1975), por ante la Prefectura del Municipio Bobures del Distrito Sucre del Estado Zulia, según se desprende de Acta inscrita .....