D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación efectuada por la parte demandada, ciudadanos RICARDO CUGNO GRAD, venezolano, mayor de edad, viudo, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V- 10.635.368 y ROBERT CUGNO GRAD, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V- 13.485.248 y ambos domiciliados en Araure Municipio Autónomo Araure del Estado Portuguesa; actuando en nombre y representación TALLERES SAN MIGUEL, S.A., respecto a documento de venta privado otorgado al demandante ciudadano GERVASIO ENRIQUE COLMENAREZ SERRANO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 8.658.626, sobre e.....