Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por los abogados Efraín J. Sánchez B., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 33.908, actuando en su carácter de apoderado judicial de MIGUEL ANGEL MENDEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad número V- 4.347.740 (parte querellante); y Ana Yolemi González Espinoza, Celia Uraima Trujillo Barrios y Itciana Nathaly Rivas Ramos, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 27.598, 68.746 y 149.050, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO VENEZOLANO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS (I.V.I.C.) (parte querellada), en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Efraín J. Sánchez B., antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de MIGUEL ANGEL MENDEZ PEREZ, antes identificado, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS (I.V.I.C.), pasa este Juzgado a pronunciarse s.....