En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por ciudadano Alvarino Vasconcelos Vieira Cardozo, propietario de la demandada, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial en fecha 23/02/2006.
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandada recurrente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.