Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó el escrito de pruebas presentado por la representación judicial de PROSEGUROS, S.A., de la siguiente manera: 1.- En relación a las documentales promovidas por la representación judicial de la parte co-demandada, las cuales se contraen a reproducir el mérito favorable,se admitieron en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes y por cuanto cursan en el expediente manténganse en el mismo, 2.- Se declaró inadmisible la promoción de las confesiones espontáneas conforme a los indicado en la motiva de la decisión.-