Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano ARGÉNIS JOSÉ FERNÁNDEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 24.984.457, de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio Pescador, natural de Arapo, nacido en fecha 22-11-1989, hijo de los ciudadanos ZULY CASTILLO Y AGENIS FERNADEZ, residenciado en la población de Arapo, Parroquia Ayacucho, Calle Principal, cerca del consejo comunal, casa S/ N°, Estado Sucre; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 16 del Código Pen.....