este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, sede Cumaná; acuerda el Cese de las Medidas impuestas contra el ciudadano CARLOS JULIO MEDINA MARÍN, venezolano, natural de esta ciudad de 30 años de edad, nacido en fecha 05-07-1980, casado, de profesión u oficio albañil, natural de Cumaná, cédula de identidad N° 15.290.324, hijo de Fernando Medina y Carmen Diluvian Marín, residenciado en el Barrio Blanco, Casa S/N, de la Parroquia Cumanacoa del Municipio Montes, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Zunilda Beatriz Guerra, que consistían en: la prohibición o restricción para el imputado de acercarse a la víctima, sea a su lugar de trabajo, de estudio o residencia, y la prohibición, por sí mismo o por terceras personas, de realizar actos de persecución.....