Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto en fecha 13 de septiembre de 2009, por el abogado HERNANDO JOSÉ RICO, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TRAKI CVM PLUS C.A., ya identificada; contra el acto administrativo contenido en el Auto de Admisión de Pruebas, de fecha 15 de septiembre de 2008, dictado en el expediente administrativo Nº 001-2008-06-00105, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, SEDE ACARIGUA.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto en fecha 13 de septiembre de 2009, por el abogado HERNANDO JOSÉ RICO, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mer.....