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Decisiones del dia 16/10/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : 25081 N° Sentencia : 472 Fecha: 16/10/2015
Procedimiento:
Divorcio
Partes:
JENA MARIAN FIGUEROA FLORES/DARIO LUIS BRAVO MASAGUES
Resumen:
el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente: CAPITULO I DE LOS DOCUMENTOS DE AUTOS Por lo que respecta a este capítulo en todos sus particulares, donde ratifica y promueve los documentos traídos con el libelo de la demanda, corresponde a esta Juzgadora pronunciarse al respecto en la sentencia definitiva. ASÍ SE DECIDE. CAPITULO II DE LA PRUEBA DE INFORMES Con respecto a la prueba de informes promovida por la apoderada judicial de la parte actora en el capítulo III, Se admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se ordena oficiar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributario (SENIAL), ubicado en paseo Cabriales, Parroquia San José, Municipio Valencia Estado Carabobo, a los fines de que informe a este Tribunal sobre lo promovido por el apoderado judicial de la parte demandante en el escrito de promoción de pruebas el cual se anexa.....
Juez/Ponente:
Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente : 25283 N° Sentencia : 473 Fecha: 16/10/2015
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
LUIS EDUARDO JAIMES/AGROFINCA LOS CARACAROS C.A.
Resumen:
En consideración a las anteriores razones expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA: PRIMERO: REPONER LA CAUSA al estado de admitir la reforma de fecha 03 de marzo de 2015, en consecuencia se revoca el auto de fecha 09 de marzo de 2015, y se anulan todas y cada una de las actuaciones realizadas con posterioridad a dicho acto. Y ASI SE DECIDE. Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas. Publíquese y Regístrese. Déjese copia Notifíquese a las partes.
Juez/Ponente:
Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente : 25518 N° Sentencia : 479 Fecha: 16/10/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
SOCIEDAD DE COMERCIO MAINSER, C.A/UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO (UNITEC)
Resumen:
En este sentido considerado incompetente dicho Juzgado para conocer de la presente demanda; este Tribunal al examinar las actas procesales observa: Que la parte actora estimó la presente demanda para aquel momento en la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 2.796.915,52) lo que corresponde a DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS (18.646 U.T.), razón por la cual éste Juzgado se declara competente en razón de la cuantía, para conocer de la presente demanda. Y ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente : 25518 N° Sentencia : 480 Fecha: 16/10/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
SOCIEDAD DE COMERCIO MAINSER, C.A/UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO (UNITEC)
Resumen:
Asimismo de conformidad con el artículo 96 de la Ley Orgánica de la procuraduría General de la Republica, se acuerda la notificación por oficio y dicha notificación deberá estar acompañadas de copias certificadas de todo lo que sea conducente para formar criterio acerca del asunto, por lo que el proceso se suspenderá por un lapso de noventa (90) días continuos, el cual comienza a transcurrir a partir de la fecha de la consignación de la notificación, practicada en el respectivo expediente. En consecuencia se ordena librar oficio a la Procuraduría General de la Republica. Este Tribunal se abstiene de librar compulsa, hasta tanto no identifique plenamente al representante legal de la empresa.
Juez/Ponente:
Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente : 25081 N° Sentencia : 471 Fecha: 16/10/2015
Procedimiento:
Divorcio
Partes:
JENA MARIAN FIGUEROA FLORES/DARIO LUIS BRAVO MASAGUES
Resumen:
el Tribunal resuelve de la manera siguiente: En relación a la oposición de la parte a la admisión de las pruebas en los proceso judiciales, es cónsona la doctrina al señalar que efectivamente cualquiera de las partes pueden oponerse a la admisión de las pruebas de la contraria, siempre que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes; y esto lo determina el artículo 397 de nuestro Código de Procedimiento Civil; pero debemos entender que la improcedencia a la cual se refiere la norma citada, solo se manifiesta si el medio de prueba promovido por el litigante, no se encuentra dentro de las pruebas permitidas por la Ley para la demostración en juicio de los hechos pertinentes; o a su vez, cuando la eficacia o aptitud se encuentra en ciertos casos restringida por mandato expreso previsto en la Ley, y se analiza si la prueba verdaderamente no es idónea para demostrar el hecho que con ella se pretende, y con esto se puede resumir que la oposición solo es viable cuando la prueba sea to.....
Juez/Ponente:
Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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