DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 2º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Primero: Hacer la Entrega Plena del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a el ciudadano Julio Cesar Sánchez Lugo, titular de la cèdula de identidad Nº V- 4.791.022 Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial Bruzual, que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehiculo MARCA: FORD, MODELO: FIESTA, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, COLOR: BLANCO, AÑO: 2002, PLACAS: KAZ-10Y (FALSA) siendo la ORIGINAL IAH-79F, SERIAL DE CARROCERIA (FALSO) 8YPBP01C828A50304, siendo el SERIAL ORIGINAL 8YPBP01C618A14495, a el ciudadano Julio Cesar Sánchez Lugo, titular de la cèdula de identidad Nº V- 4.791.022. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA.
JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTRO.....