Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente acción de amparo incoada por ANY ANDREINA CASTEJON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.878.964, residenciada en la Urbanización Alameda, casa Nro. 35, Cabudare Estado Lara, asistida por el ciudadano ESTEBAN GUART GUARRO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 14.070, en contra de la empresa TRAPOVEN C.A, domiciliada en la ciudad de Maracay, estado Aragua, e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 08/01/1991, bajo el Nro. 44, Tomo II-A-PRO, en la persona de JULIO REYES, Gerente General de la misma, en atención a lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de .....