En consecuencia, encontrándose debidamente probada la relación paterno filial entre la niña y el ciudadano RUBEN DELGARDO LABRADOR BRICEÑO, este Juzgador considera que se cumplieron los requisitos establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es por lo que la presente demanda debe prosperar, en consecuencia, se procede a fijar el quantum de la fijación de la obligación de manutención en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 300,00) mensuales, y así se decide.
Asimismo resulta importante en el presente proceso, solicitar un pronunciamiento de la representante del Ministerio Publico, sobre la posible responsabilidad PENAL en que incurrió el Ciudadano: RUBEN DELGARDO LABRADOR BRICEÑO, al momento de concebir a su hija, la niña, con la adolescente: YUDELKA YUDELYS, quien para ese momento contaba con quince (15) años de edad. Y así se decide.
En razón de las anteriores consideraciones, este Juez Unipersonal Nº 3 de la Sala de Juicio del.....