PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos abogado HOMERO VLADIMIR MORALES SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 293.481, apoderado Judicial del ciudadano JUAN CARLOS ALCALA CERRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.828.630 y la ciudadana ROSSANA ILLENY LUZARDO ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.960.647 debidamente asistida por la abogada GAUDI ELIZABETH CONTRERAS GUIRIGAY, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 271.570, domiciliados en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles. SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos, JUAN CARLOS ALCALA CERRADA y ROSSANA ILLENY LUZARDO ARAQUE, con arreglo al matrimonio civil, que ambos contrajeran en fecha 18 de agosto de 2000, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Juan Ro.....