Por decisión de esta misma fecha, en virtud de la solicitud presentada por la delegado de prueba y directora del Centro de Tratamiento Comunitario Andres Grisanti en relación al permiso especial supervisado dado las circunstancias relacionadas con el buen compartimiento del residente, aunado al hacinamiento existente en los Centros de Tratamiento y al derecho al trabajo que tiene el mismo, por lo que se acuerda el permiso especial supervisado