Se dicta decisión en este Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley: CONDENA al ciudadano RAUL JOSE TORREALBA GARCIA, quien es Venezolano, Cédula de Identidad No 9.572.894, mayor de edad, de profesión vendedor, residenciado en el Barrio Santa Isabel , carrera 1b entre calles 11 y 12, No 11-26, Barquisimeto, Estado Lara, a cumplir la pena de Dos (2) años de presidio más las penas accesorias a las de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlo culpable y penalmente responsable de la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO EN GRADO DE FRUSTRACION Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES DE CARÁCTER GRAVES tipificados en los artículos 458 en concordancia con el 80 en su Sgdo aparte y 417 del Código Penal. Y así se decide