Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por abstención o carencia interpuesta por los ciudadanos ROBERTO JOSÉ SOLANO ZAMBRANO y MARITZA ELENA MARTÍNEZ DE SOLANO, debidamente asistidos por el Abogado Jorge Vicente Solano Zambrano, contra la República Bolivariana de Venezuela, por Órgano del SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN) en los términos expuestos en el presente fallo. De igual manera, se ORDENA al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional la realización de los trámites correspondientes a los fines de la sustanciación del procedimiento de antejuicio administrativo, para lo cual deberá elaborar el expediente administrativo del caso de auto en un lapso de veinte (20) días contados a partir de la notificación de la sentencia, y remitirlo a la Procuraduría General de la República