III
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el Divorcio, y por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JAVIER ENRIQUE GIL MARIN y VALENTINA DE LOURDES GUTIERREZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.012.670 y V-12.154.833, respectivamente, el cual fue contraído en fecha 03 de Febrero de 2001 por ante la Perfecta del Municipio Autónomo Chacao, Estado Miranda, según consta de Acta N° 20 e inserta en el libro de registro civil de matrimonio del año 2001. Y ASÍ SE DECLARA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. E.....