El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, ADMITE la pruebas promovidas por la apoderada judicial de la contribuyente "CONSTRUCCIONES BENVENUTO BARSANTI, S.A. EMBARSA", por cuanto no son en su contenido manifestantes ilegales ni impertinentes.-