Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JESUS RAMON CARREÑO contra el ciudadano CARLOS VALERA, ambos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 34 Literal A, del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios vigente. En consecuencia se condena al demandado perdidoso, antes identificado, a hacer entrega del inmueble constituido por un casa ubicada en la calle 59 entre carreras 12 y 13 N° 12-31, Sector Barrio Nuevo, de esta ciudad, totalmente desocupado, de bienes y personas. Así mismo se condena al demandado perdidoso al pago de la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 7.200,oo) por concepto de daños y perjuicios, que es el equivalente de los cánones de arrendamiento de los meses insolutos de Enero, Febrero, Marzo, Abril Mayo, Junio, Julio, .....