este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE, actuando en sede constitucional, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminado el Procedimiento por Abandono de Trámite, correspondiente a la acción de amparo constitucional con medida cautelar incoada por el abogado PEDRO RAMON MAITA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.912.386, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.242, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Cooperativa CABO AZUL, R.L., inscrita ante el Registro Inmobiliario con Funciones Notariales del Municipio Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 28 de Marzo de 2006, bajo el Nº 40, folios 276 al 284, Protocolo Primero, Tomo Sexto del Primer Trimestre del año respectivo, contra la Providencia Nº 0732,emanada del Insti.....