Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana GLENDA MARINA MIJARES RENGIFO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio e identificada con la cédula de identidad N° 6.965.250 en contra de SISTEMAS MULTIPLEXOR, S.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 17 de mayo de 1983, bajo el N° 57, Tomo 57-A-Sgdo.
SEGUNDO: Se ordena el pago de los conceptos de Prestaciones sociales de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, Utilidades, pago de intereses moratorios y se ordena la corrección monetaria. Se ordena la desi.....