Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró Competente a la CSCA para conocer en 1er grado de jurisdicción la dda de nulidad interpuesta por los apoderados judiciales de la empresa E.B. SERVI TECNOLOGÍA PLÁSTICA, C.A., contra el acto denegatorio tácito generado en virtud del silencio administrativo en el que incurrió CADIVI, al no dar respuesta al recurso de reconsideración interpuesto por su representada en fecha 5 de febrero de 2013; Se admitió la demanda; se ordenó notificar a los ciudadanos FGR, PGR, Ministro de Finanzas y Presidente de CADIVI, solicitándole los antecedentes administrativos del caso y la remisión del exp. a la CSCA, una vez consten todas las notificaciones a los fines que fije la Audiencia de Juicio, conforme a lo previsto en el art. 82 de la LOJCA.