Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por resolución de contrato intentada por la sociedad mercantil OPERADORA RENT-A-RADIO, C.A., contra la sociedad mercantil ADMINISTRADORA 20.037, S.A., en consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA RESUELTO el Contrato de Arrendamiento, suscrito entre OPERADORA RENT-A-RADIO, C.A. Y ADMINISTRADORA 20.037, S.A. suscrito en fecha 1° de febrero del 2011, un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS DE RADIO COMUNICACIÓN SIGNADO CON EL N° A-20110201-01, de conformidad con el articulo 1.167 del Código Civil.
SEGUNDO: SE CONDENA a ADMINISTRADORA 20.037, S.A., a devolver los 28 equipos portátiles de Radio Comunicación ya arriba identificados, con sus respectivos componentes, es decir que se condene igualmente a la devolución .....